Micelio
Auto3 de diciembre de 2008

A- de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Rodrigo Garrido Vélez Vs. Fondo Rotatorio De La Registraduría Nacional Del Estado Civil

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Juzgado Diecinueve Administrativo Del Circuito Judicial De Bogotá, Sección Segunda Y La Sala Civil Del Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogotá. Se Resolvió Remitir El Expediente De La Referencia A La Sala Civil Del Tribunal Superior De Bogotá Para Que Resuelva La Impugnación Formulada En El Proceso En Cuestión.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Competencia Juez Civil del Circuito para resolver la impugnación
Conflicto De Competencia
  • Nulidad del auto mediante el cual el juez declaró la nulidad de todo lo actuado dentro del proceso de acción de tutela
Decreto Reglamentario De Competencia En Tutela
  • Reglas para el trámite administrativo de reparto
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Dejar sin efecto el auto de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota dos (02) de septiembre de dos mil ocho (2008) en el cual anulo lo actuado previamente, dentro del proceso de accion de tutela de Rodrigo Garrido Velez contra del Fondo Rotatorio de la Registraduria Nacional del Estado Civil.
  2. Segundo. Remitir, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva la impugnacion formulada en el proceso de la referencia.
  3. Tercero. Comunicar, por medio de Secretaria General, el presente auto al Juzgado Veinte Civil del Circuito de Bogota, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
  4. Cuarto. Comunicar, por medio de Secretaria General, el presente auto al Juzgado Diecinueve Administrativo del Circuito de Bogota -Seccion Segunda-, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.